Las nueve musas
Thomas Hobbes

Thomas Hobbes y Baruj Spinoza: tan iguales, tan distintos (I)

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BARUJ SPINOZA Y SIGMUND FREUD. ENSAYO SOBRE EL ESTADO, LA CULTURA, LA FELICIDAD Y EL PRÓJIMO (VI)

En la segunda mitad del siglo XVII, se publican dos libros cuyos autores, a partir de premisas comunes, arriban a conclusiones totalmente opuestas. Ambos textos llegan en un momento de confusión política en sus respectivos países, atizada por argumentos religiosos.

Los dos ensayistas deben enfrentar el antagonismo de sus adversarios que incluyen la prohibición de que sus libros circulen sin impedimentos. Uno es inglés, integrante de la iglesia reformada de Inglaterra; quien emplea el latín para dar a conocer sus investigaciones es holandés de origen judío, expulsado de su comunidad por contradecir los mandatos tradicionales. Son Thomas Hobbes (1588- 1679), autor de ‘Leviatán o la materia, forma y poder de una república eclesiástica y civil’, publicado en 1651, y Baruj Spinoza (1631- 1677), cuyo ensayo ‘Tratado teológico-político” fue dado al público en 1670. La materia común que tratan es la conformación del Estado moderno y sus características.

 LeviatánEn Inglaterra, el año 1642, comienza la guerra civil que termina con la ejecución del rey Carlos I (1649) a manos del pueblo victorioso. Hobbes, exiliado en París, empieza la redacción de Leviatán en respuesta a esos acontecimientos. En 1651, regresa a Inglaterra, donde edita su ensayo ese mismo año. Tras la coronación de Carlos II, en 1660, gozó del favor real, pero las acusaciones de traición, ateísmo, enemigo de la religión y la monarquía que le lanzaron los estamentos eclesiásticos y conservadores, más la prohibición de reimprimir  su libro principal  lo llevaron a retirarse de la vida pública.

Hobbes inicia su ensayo (1) caracterizando el Estado como una creación artificial del hombre, denominado por el autor Leviatán, evocando al monstruo bíblico, en respuesta al Estado natural cuyo origen es el miedo y la necesidad de reducirlo; mientras que el primero responde a la esperanza y la seguridad de paz. Es decir, se produce una evolución entre la existencia de uno al otro: del miedo a la esperanza. En su condición de naturaleza, los individuos se dejan llevar por sus pasiones que los impulsan a una guerra de todos contra todos por la posesión de la supremacía y los bienes a disposición. Ante la inexistencia de un poder visible que los controle, y en casos extremos recurra al uso del castigo para dominarlos, cada uno usaría su propia fuerza para protegerse de los demás. La constitución de ese poder común tiene el objetivo de dirigir las acciones de los hombres hacia el beneficio colectivo. La multitud así unida se llama Estado, al que se lo identifica en forma genérica con una persona; su representante para gobernarlo es el soberano y los que lo rodean son los súbditos. De acuerdo al número de individuos que ejercen la representación, existen tres formas de gobierno, de acuerdo a la clasificación que hiciera Maquiavelo más de un siglo atrás: si se trata de una sola persona estamos en presencia de una monarquía; si la representación recae en una asamblea, se denomina democracia; finalmente, si la asamblea está constituida por una parte de los súbditos, es una aristocracia (L. II, 17-19). Aceptar la soberanía del Estado sobre un individuo implica que éste se hace súbdito y promete obediencia a cambio de la conservación de su vida (L. II, 20); en esta sumisión, van implicados las obligaciones y la libertad del súbdito, ya que la libertad de un Estado es su libertad exclusivamente y no la de los hombres que allí viven (L. II, 21).

A continuación, consideraré las características que Hobbes destaca en su Estado: su única y principal misión consiste en mantener al pueblo en paz y defenderlo contra la invasión extranjera. Donde el Estado no se ha constituido cada cosa pertenece a quien la tiene y la conserva por la fuerza. Al fundarse, se crea la propiedad por una ley del soberano. De esta manera, se establece el fundamento base de la justicia, que es distribuir a cada uno lo que es suyo. Las leyes del Estado o leyes civiles provienen del soberano (rey o asamblea), por lo tanto éste es el único legislador. Esto no implica, sin embargo, que las leyes de la naturaleza, también llamadas virtudes morales, queden abolidas ya que son cualidades que disponen los hombres para contribuir a la paz y la obediencia. La ley natural y la ley civil son una parte de la otra ya que la justicia, es decir, cumplir el pacto y dar a cada uno lo suyo es anterior al Estado. No obstante, tiene diferencias: la ley civil es escrita, la natural, no; la ley civil limita y restringe la libertad natural con el fin de evitar el enfrentamiento mutuo y la unidad ante un ataque externo. El soberano es la autoridad de aplicación de las leyes, tanto civiles como naturales, y su interpretación depende de éste. En el momento en que cesa el poder soberano, cesa también el delito porque no hay ley sustentada por un soberano. Cuando una persona ha alcanzado el uso de razón, se la supone consciente de que no debe hacer a otro lo que no quiere que le hagan a él. En cuanto a los castigos por infringir las leyes civiles, los súbditos no dan el derecho a los soberanos de aplicar sanciones, sino que al despojarse de los suyos, lo robustecen para que use su derecho para la conservación de todos ellos. La misión del soberano es procurar la seguridad del pueblo, tanto de su vida como de sus bienes. Un pueblo prospera por la obediencia y la concordia de los súbditos al soberano. Se debe enseñar al pueblo las leyes y sus deberes. La justicia debe ser administrada a todos por igual; en esto consiste la equidad (ley de naturaleza). La impunidad causa insolencia;  la insolencia, odio, y el odio un esfuerzo para derribar a los opresores, aun a costa de la ruina del Estado. A igual justicia, igual tributo. Esta igualdad se basa en la igualdad que cada hombre está obligado a pagar al Estado por la defensa que le presta. Los impuestos que cada hombre, rico o pobre, deben dirigirse a pagar los salarios de quienes los defienden, por medio de los impuestos, que se establecen sobre el consumo, cada hombre paga por lo que usa. El Estado debe sustentar a los incapaces de hacerlo por sí mismos. Todo hombre debe trabajar para mantenerse, quien no lo hace y es robusto, debe ser obligado y para evitar la excusa de que no encuentra empleo deben existir leyes que estimulen todo género de artes (navegación, agricultura, pesca, industrias…). Si los pobres robustos aumentan, la solución es trasplantarlos a países  con escasa población y hacer que convivan con los nativos de ese país. Cuando siguen en aumento, el último recurso es la guerra. El resumen de estas premisas es que una buena ley nunca es injusta porque está dirigida al bien del pueblo. El bien del soberano y el bien del pueblo nunca discrepan (L. II, 24-30).

La sección más sustancial de Leviatan es la tercera, reservada a desarrollar en la práctica sus concepciones teóricas acerca de la organización política de una nación. Para ello, el basamento que selecciona es el comportamiento del pueblo de Israel en el desierto una vez que salieron de Egipto bajo la égida de Moisés. La historia comienza con un pacto. El que hizo Jehová con Abraham y su simiente prometiéndole la tierra de Canaán a perpetuidad a cambio de obedecerle en todo cuanto le diga.  Como testimonio y símbolo de este pacto, ordenó el mandamiento de la circuncisión (brit milá) (Gen. 17, 7-8; 10-27). Es un contrato entre Jehová y Abraham por el cual éste se obliga a quedar sujeto a las leyes positivas de Dios. Queda así constituida una institución por pacto. Luego, este convenio se renueva con Moisés en el monte Sinaí (Ex. 19,5) (L. III, 35). Las leyes positivas divinas son mandamientos de Dios, destinadas al pueblo para su guía y conducción que las acepta por obediencia, aun cuando no fue parte de la revelación (L. II, 26). A partir de la renovación de la alianza, Hobbes señala que en el Sinaí se funda el reino de Dios, donde Dios ejerce la gobernación civil y el Kohen Gadol (Sumo Sacerdote), primero Moisés y luego sus descendientes, son sus voceros o lugartenientes.  El reino de Dios es un reino real y no metafórico, por la fuerza del pacto y no por el derecho del poder divino. Es un reino civil que consiste en la obligación del pueblo de Israel de observar las leyes que Moisés trajo del monte Sinaí y que el Sumo Sacerdote les entregaba. Este reino quedó interrumpido cuando se eligió rey a Saúl en los días de Samuel (I S, 8-7; 12, 12). A partir de ese momento, los Profetas se erigieron en los censores de la monarquía israelita augurando la restauración del pacto (L, II, 35). El autor denomina a este Estado un reino sacerdotal y la autoridad de Moisés sobre el pueblo descansaba en la obediencia a éste,  luego de que le pidieran que hablara con Dios en su nombre por temor a morir si lo hacían ellos mismos (Ex. 20, 28)   (L. III, 40).

Contexto históricoEsta introducción es sólo el prólogo del cual se vale Hobbes con el fin de presentar su teoría de gobierno.  El teórico británico es partidario de la iglesia anglicana instituida por Eduardo VIII, a fines del siglo XV, caracterizada por su oposición a la autoridad papal y a los teólogos de los primeros siglos del cristianismo, a quienes acusa de seguir la vana filosofía de Aristóteles y de otros filósofos paganos, excepto Platón, de quien dice que fue el mejor pensador griego, fundadores de la escolástica, que emigró de las Universidades a la Iglesia (L. IV, 46), entre ellas, la universidad de Oxford, en su país natal, destruyendo su mensaje universal. Sostiene que la Escritura es la ley de toda la cristiandad. Dios es el soberano de todos los soberanos y cuando habla a un súbdito, que no tuvo una revelación sobrenatural, debe ser obedecido. El soberano es el representante de Dios en la tierra y el que por debajo de Dios tiene la autoridad para gobernar a los cristianos y observar como norma aquella doctrina y enseñarla. Los principios de la política cristiana confirman el poder de los soberanos civiles y de las obligaciones de los súbditos. Cuando una ley de Dios y una ley del hombre son opuestas y no se sabe cuál aceptar, debe obedecerse la que es de Dios porque asegura ser recibido en su reino. Si el mandato del soberano civil puede ser obedecido sin poner en riesgo la vida eterna, hay que obedecerla. La salvación se basa en la fe en Cristo y la obediencia a las leyes. La obediencia a la ley civil ordena obedecer todos los preceptos de la Biblia. La obediencia a Dios y al soberano civil supone seguir las leyes civiles, en las cuales están contenidas las leyes de naturaleza, es decir todas las leyes de Dios (L. III, 33-43).

En resumen, la teoría estatal que presenta Hobbes es la siguiente: el súbdito de un Estado debe obedecer como un mandamiento de Dios el mandato del Estado. Todos los súbditos están obligados a obedecer como ley divina lo que se declara como tal por las leyes del Estado. Una ley se hace en nombre de quien tiene el poder soberano y la propone en nombre de Dios. Todos los súbditos están obligados a obedecer como ley divina la que se declara como tal por las leyes del Estado (L, II, 26). Quien cree en Dios es buen súbdito; quien no debe ser considerado un enemigo (L. II, 31). La monarquía, única forma de gobierno que se adapta a esta norma, es consecuencia de la voluntad de Dios, que elige al rey y por este mecanismo éste se halla legitimado para asumir todos los poderes del Estado y actúa como intermediario entre Dios y sus súbditos, una especie de Sumo Sacerdote (por ello es habitual que también asuma la jefatura de la Iglesia nacional). La autoridad no está subordinada a ninguna restricción institucional, sino que está sometida a la ley divina. Queda así constituida una teocracia, en donde el rey se identifica con el Estado. Este régimen político se denomina absolutismo. Hasta aquí lo que quería decir acerca de las enseñanzas de Thomas Hobbes en cuanto al nacimiento y naturaleza del Estado, sus autoridades y leyes. Por supuesto, habría mucho para discutir en torno de sus opiniones y creencias; sin embargo, considero que éste no es el sitio pertinente. Continúo, entonces, adelante con el análisis que de estas cuestiones realizó Baruj Spinoza.

Pablo Freinkel


Abreviaturas utilizadas

L: Leviatán (el número romano indica la parte; los números arábigos, el capítulo)


Notas

(1)- Esta es la primera entrega de dos de la parte VI.

(2)- Thomas Hobbes. Leviatán o la materia, forma y poder de una república eclesiástica y civil. Fondo de Cultura Económica. México, 1998.


Hegel y las leyes del pensamiento

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