Las nueve musas

El Acta Adicional de 1856

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En la Historia del constitucionalismo español existe un documento poco conocido, el Acta adicional de 1856, que modificaba en algunos puntos la Constitución moderada de 1845, recogiendo algunos aspectos de la Constitución Non Nata de ese mismo año de 1856, aunque su vigencia fue muy corta, apenas un mes.

Para entender este breve episodio constitucional debemos remontarnos a dos años antes.

reinado de Isabel IILa Década moderada entró en crisis en el año 1854. La profusión de casos de corrupción, especialmente relacionados con la construcción del ferrocarril, fueron el precipitante que marcó el agotamiento de este largo período de monopolio de poder por parte del Partido Moderado. Pero, además, la situación económica de crisis alentó la tensión social. Bravo Murillo reaccionó gobernando con más dureza, por lo que la presión de la oposición se radicalizó. Como el sufragio era censitario y el sistema electoral estaba manipulado, los progresistas utilizaron el procedimiento del pronunciamiento para acceder al poder. El 28 de junio de 1854 se produjo la Vicalvarada, con los generales Dulce, O’Donnell y Ros de Olano como protagonistas. La situación se mantuvo incierta hasta que los sublevados publicaron el Manifiesto de Manzanares, que recogía algunas de las propuestas progresistas. Se dieron varios levantamientos en algunas ciudades que obligaron a la reina Isabel II a recurrir a Espartero, quien se autoproclamó presidente del Consejo de ministros, mientras O’Donnell ocupaba la cartera de la Guerra. El nuevo Gobierno restauró provisionalmente la Constitución de 1837. Se aprobó una nueva Ley municipal en línea progresista: ampliación del derecho de sufragio y no intervención del Gobierno en la elección de los alcaldes. En el Bienio se emprendió una nueva desamortización (1855), la impulsada por Pascual Madoz, de mayor envergadura que la de Mendizábal, ya que puso en venta el doble de bienes. Además, no sólo se ocupó de propiedades eclesiásticas, sino, sobre todo, de las de uso y propiedad común. Fue importante también la Ley de los ferrocarriles de 1855. Ambas reformas han quedado como las dos aportaciones fundamentales de este breve período del reinado isabelino.

Manuel Cortina
Manuel Cortina

El Gobierno convocó elecciones a Cortes Constituyentes, una promesa de la Vicalvarada. Como era de esperar, los comicios fueron ganados por los candidatos gubernamentales, en una especie de coalición formada por los puritanos, es decir, los moderados menos conservadores, y los liberales más moderados, entre los que destacaría Manuel Cortina. En este momento se estaría fraguando la Unión Liberal. En este sentido, es clave la intervención de un joven Antonio Cánovas del Castillo, autor del Manifiesto de Manzanares, en diciembre en el Congreso de los Diputados donde manifestaba la voluntad de crear un tercer partido. Por otro lado, a la derecha en la Cámara habría un pequeño grupo de moderados, y a la izquierda los demócratas, aunque hay que destacar un grupo, que podríamos denominar de “centro-izquierda”, formado por liberales progresistas que no deseaban ingresar en la coalición, como serían Salustiano Olózaga o el joven Sagasta.

El debate constitucional fue intenso en relación con la cuestión religiosa, especialmente por la postura intransigente de la Iglesia Católica, a pesar de que se establecía una propuesta muy tímida, ya que la idea de los demócratas de que se aprobase la plena libertad de cultos fue rechazada por la mayoría gubernamental. Lo que se pretendía era impedir que nadie fuera perseguido por sus creencias religiosas, siempre y cuando no se manifestasen en actos públicos contrarios a la religión católica, y partiendo de la reafirmación de que el Estado tendría obligación de sostener a la Iglesia, como se había establecido en la Década Moderada. La nueva desamortización provocó más tensiones, y se llegaron a romper relaciones diplomáticas con la Santa Sede. Por otro lado, hubo un resurgimiento de partidas carlistas.

También es interesante resaltar los debates sobre la necesidad de que la educación primaria fuera verdaderamente gratuita y sobre el sufragio universal, propuestas de los demócratas que no prosperaron. El liberalismo progresista o algo más templado de la coalición, aunque deseaba superar el excesivo conservadurismo de los moderados, no pretendía, realmente, democratizar el régimen político.

La Constitución partía del reconocimiento de la soberanía nacional, sin alusiones a que se compartiera con la Corona, pilar ideológico del liberalismo conservador o doctrinario español. Se establecía un más amplio reconocimiento de derechos individuales, frente al modelo de la Constitución moderada de 1845. En algunos aspectos, constituyó la base de la futura Constitución de 1869, después de la Revolución Gloriosa de 1868.

En 1855, el estallido de una huelga en Barcelona y la propagación de una epidemia de cólera contribuyeron a enrarecer la situación política, marcada, desde 1854, por los sucesivos cambios de Gobierno, a causa de la difícil convivencia en el poder de progresistas y unionistas.

Leopoldo O'Donnell y Jorís​
Leopoldo O’Donnell y Jorís​

La Constitución no entró en vigor, y un Decreto de 15 de septiembre de 1856 restablecía el texto constitucional de 1845, pero incluyendo u Acta adicional. El objetivo era incorporar a la Constitución moderada algunas de las reformas de signo progresista que se habían planteado en las Cortes Constituyentes y en la Non Nata. El Acta Adicional constaba de dieciséis artículos.

En primer lugar, se mantenía el jurado para los delitos de imprenta. Se prohibía el destierro de españoles fuera de la Península. Se limitaba el nombramiento real de senadores (no más de 140). Se dejaba para una ley electoral futura la determinación de si los diputados debían acreditar o no el pago de contribución o posesión de la renta, lo que puede ser interpretado como un tímido avance hacia el sufragio universal. El Acta planteaba también cambios en la relación entre la Corona y el Parlamento, más favorables para el segundo, es decir, limitando en parte el poder de la primera: duración mínima de reunión de las Cortes en cuatro meses, y se ampliaban los casos en los que el rey precisaba autorizaciones de las Cortes, como se establecía para la concesión de indultos generales y amnistías, para enajenar en parte o todo el patrimonio de la Corona, y para contraer matrimonio y el de sus posibles sucesores. Se establecía la necesidad de crear un Consejo de Estado con funciones consultivas. Se reafirma la independencia judicial y, por fin, se limitaba el poder regio para el nombramiento de alcaldes, pudiendo hacerlo solamente en las poblaciones de más de cuarenta mil habitantes.

Pero el Acta duró muy poco, porque las fuerzas más conservadoras del liberalismo español accedieron al poder en la persona de Narváez, el líder de los moderados, sustituyendo a O’Donnell. Un Decreto de 16 de octubre de ese mismo año de 1856 derogaba el Acta, y restablecía plenamente la Constitución de 1845, que siguió vigente hasta la aprobación de la Constitución de 1869, pero ya en el Sexenio Democrático.

El Acta puede consultarse en formato pdf, en la página web del Senado de España.

Para una visión de conjunto de la época liberal es imprescindible la consulta del libro de Josep Fontana, [amazon_textlink asin=’8498928079′ text=’La época del liberalismo’ template=’ProductLink’ store=’lasnuevemus07-21′ marketplace=’ES’ link_id=’4b6ca0d6-daeb-11e8-ad83-d7afbab4ee0e’], (2007) el tomo VI de la Historia de España que coordinó con Ramón Villares.

Sobre la Historia del constitucionalismo español contamos con varias obras. En primer lugar, estaría la monografía ya clásica de Jordi Solé Tura y Eliseo Aja, Constituciones y períodos constituyentes en España (1808-1936). Por su parte, Jorge de Esteban tiene Las Constituciones de España libro publicado por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (1997).

Eduardo Montagut

Eduardo Montagut

Licenciado en Filosofía y Letras. Geografía e Historia. Historia Moderna y Contemporánea (UAM) en 1988.

Premio Extraordinario de carrera (UAM)en 1994.

Doctor en Historia Moderna y Contemporánea (UAM) en 1996.

Profesor Educación Secundaria (Geografía e Historia) desde 1996.

Jefe de Estudios Delegado de la Sección de Morata de Tajuña del IES Anselmo Lorenzo (1999-2009).

Profesor en el IES Isidra de Guzmán desde 2009.

Socio de la Real Sociedad Económica Matritense de Amigos del País desde 1989.

Amigo de Número de la Real Sociedad Bascongada de los Amigos del País desde 2000.

Secretario de Educación, Cultura y Memoria Histórica del PSOE-Chamartín desde 2012.

Secretario de Memoria Histórica del PSOE-M Chamartín desde 2017

Miembro del Grupo de Memoria Histórica del PSOE.

Miembro de la ARMH desde el año 2013.

Colaborador en distintos medios digitales

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